Casación No. 315-2014

Sentencia del 25/08/2015

"... Es importante indicar que mediante los submotivos regulados en el inciso 1º del artículo 621 del Código Procesal Civil y Mercantil, se atacan las bases jurídicas de carácter sustantivo en que la Sala fundamentó su resolución, pues es a través de esos casos de procedencia, que se pretende restablecer el impero de la norma sustancial que se crea quebrantada. Se considera norma sustantiva aquella que declara, crea, modifica o extingue relaciones jurídicas entre las partes implicadas en la hipótesis legal. Una de estas cuatro características es la que hace que la norma tenga la calidad de sustancial..."